El tiempo de espera en los procesos de inmigración puede parecer interminable. Pero una de las preguntas más urgentes que recibo de mis clientes no es solo sobre su estatus migratorio final, sino sobre su supervivencia hoy:
“¿Puedo trabajar legalmente mientras mi caso está pendiente?”
Como abogada de inmigración que una vez fui inmigrante, entiendo que mantenerte a ti y a tu familia no puede ponerse en pausa. La buena noticia es que muchos inmigrantes con solicitudes pendientes pueden ser elegibles para obtener autorización de empleo, lo que les permite trabajar legalmente mientras su caso avanza.
Un permiso de trabajo, oficialmente conocido como Documento de Autorización de Empleo (EAD), es emitido por Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS). Este documento te autoriza a trabajar legalmente en Estados Unidos por un período determinado.
Es importante destacar que un EAD no es lo mismo que una visa de trabajo.
Según 8 CFR §245.2(a)(4)(ii)(B), un solicitante de ajuste de estatus que no esté en proceso de deportación no abandonará su solicitud si obtiene permiso anticipado de viaje (advance parole) antes de salir del país.
La elegibilidad para un permiso de trabajo depende de tu estatus migratorio y del tipo de solicitud que hayas presentado ante USCIS. Estas son algunas de las situaciones en las que podrías ser elegible:
Si presentaste el Formulario I-485 (Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus), también puedes presentar el Formulario I-765 (Solicitud de Autorización de Empleo) al mismo tiempo.
Según 8 U.S.C. §1255(a), los solicitantes de ajuste de estatus pueden calificar para autorización de empleo mientras su caso está pendiente.
Las personas con un caso de asilo pendiente pueden solicitar un permiso de trabajo 150 días después de haber presentado su solicitud de asilo. Sin embargo, solo podrán recibir el EAD si la solicitud de asilo ha estado pendiente por al menos 180 días, de acuerdo con 8 CFR Parte 208.
Si te han otorgado TPS, podrías ser elegible para un EAD mientras mantienes tu estatus de protección en EE.UU. Según el caso Matter of Z-R-Z-C-, los titulares de TPS pueden obtener permisos de trabajo mientras sus solicitudes están pendientes.
Algunos titulares de visas de no inmigrante, como los cónyuges de titulares de visa H-1B (visa H-4) o de L-1 (visa L-2), pueden ser elegibles para un permiso de trabajo en ciertas circunstancias. De acuerdo con INA §203(b), estas categorías están diseñadas para brindar flexibilidad en oportunidades laborales.
Para solicitar un permiso de trabajo, debes presentar el Formulario I-765 ante USCIS. Sigue estos pasos:
Asegúrate de que tu estatus migratorio o tipo de solicitud te permite solicitar un EAD. Consulta las instrucciones del Formulario I-765 para conocer las categorías de elegibilidad.
Debes presentar lo siguiente:
✔ Formulario I-765 (completo y firmado)
✔ Copia de tu Formulario I-94, si aplica
✔ Evidencia de tu estatus migratorio, como la copia del recibo de tu solicitud de green card (Formulario I-797, Notice of Action)
✔ Copia de un EAD anterior, si tienes uno
✔ Dos fotos tipo pasaporte
✔ Pago de tarifa de presentación, si se requiere, o solicitud de exención de tarifas (Formulario I-912)
Puedes presentar el Formulario I-765 en línea o por correo, dependiendo de tu caso específico. USCIS proporciona instrucciones sobre a dónde enviarlo.
Los tiempos de procesamiento varían, pero USCIS generalmente emite los permisos de trabajo en un período de varias semanas a varios meses. Puedes rastrear el estado de tu solicitud en línea con el número de recibo de USCIS.
El tiempo de procesamiento depende de tu caso y del centro de servicio de USCIS que lo maneje. Para muchos solicitantes de ajuste de estatus, los permisos de trabajo se emiten en 4 a 6 meses. Si estás esperando una decisión sobre asilo o una green card, el plazo puede ser diferente.
En la mayoría de los casos, no puedes trabajar legalmente en EE.UU. sin un permiso de trabajo o autorización de empleo.
Trabajar sin autorización puede tener consecuencias graves, incluyendo:
❌ Negación de beneficios migratorios
❌ Incluso el inicio de un proceso de deportación
Según INA §212(a)(6)(C), trabajar sin permiso puede hacer que un solicitante sea inadmisible, afectando el resultado de su caso de ajuste de estatus.
Si tu EAD está por vencer, ha sido extraviado, robado o dañado, debes presentar una solicitud de renovación o reemplazo usando el mismo Formulario I-765.
📌 Presenta la renovación al menos 90 días antes de que expire para evitar interrupciones en tu autorización de empleo.
Sí. A menos que ya tengas una visa de trabajo válida, debes solicitar un EAD para trabajar legalmente mientras tu solicitud de green card está pendiente (INA §1245).
Trabajar sin un EAD válido puede poner en riesgo tu estatus migratorio y resultar en el rechazo de tu solicitud. Es fundamental esperar la aprobación antes de empezar a trabajar.
En algunas situaciones, como dificultades económicas extremas o razones humanitarias urgentes, puedes solicitar un procesamiento expedito. Sin embargo, la aprobación depende de la discreción de USCIS.
No. Un EAD no autoriza viajes internacionales. Para viajar fuera de EE.UU., debes solicitar un permiso anticipado de viaje (advance parole) usando el Formulario I-131 (8 CFR §245.2(a)(4)(ii)).
Sí. Al presentar el Formulario I-765, puedes solicitar un SSN o una tarjeta de reemplazo. USCIS coordinará esto con la Administración del Seguro Social.
Obtener un permiso de trabajo te brinda estabilidad y seguridad financiera mientras esperas una decisión migratoria.
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No tienes que hacer este camino solo—estamos aquí para asegurarnos de que puedas vivir y trabajar legalmente en Estados Unidos.